Ante el interés mostrado se amplía el periodo de inscripción hasta el 30 de marzo de 2012.

Si tu municipio cuenta con una población de entre 20.000 y 500.000 habitantes, podéis participar en el proyecto Corta con las Barreras.

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Formulario de inscripción

  1. Selecciona el municipio al que pertenece tu ayuntamiento.
    (De acuerdo con la última actualización del listado del INE, 391 son los ayuntamientos que cumplen con las Bases de Participación de Corta con la Barreras al tener una población comprendida entre 20.000 y 500.000 habitantes. Si tu municipio no aparece en la lista y cumple con el número de habitantes, por favor, remítenos tu caso al apartado “contáctanos”)

  2. Atención. De acuerdo con su solicitud, le enviaremos la información relativa al proyecto en la mayor brevedad posible.

  3. Descargar Bases de participación
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A. Bases Administrativas

  1. El Proyecto corta con las Barreras

    1. 1.1. Presentación

      Novartis es uno de los líderes mundiales en cuidado de la salud y ofrece medicamentos y productos innovadores para prevenir y curar enfermedades, aliviar el sufrimiento y mejorar la calidad de vida.
      Quiere ser reconocido por tener un impacto positivo en la vida de las personas mediante sus productos y servicios, por cubrir necesidades e incluso por superar expectativas externas.

      Asimismo, Novartis quiere contribuir a la sociedad a través de su aportación económica, a través de los beneficios medioambientales y sociales de sus productos. El proyecto CORTA CON LAS BARRERAS es una iniciativa que responde a la motivación de esta compañía farmacéutica por promocionar la mejora en la calidad de vida de la población de nuestras ciudades, en especial de las personas con problemas de movilidad, como en el caso de los pacientes con Esclerosis Múltiple. En este sentido, el proyecto plantea la eliminación de barreras arquitectónicas y la mejora en la accesibilidad de los espacios públicos urbanizados.
      Inspirada en la aplicación de la ‘Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero de 2010, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados’, CORTA CON LAS BARRERAS es una iniciativa innovadora ya que fomenta, por primera vez desde el ámbito empresarial, el cumplimiento de una norma Estatal que unifica criterios de accesibilidad universal en todas las Comunidades Autónomas.

      Novartis reafirma con este proyecto su compromiso como compañía socialmente responsable, compromiso que no sólo radica en la innovación de fármacos que mejoren la calidad de vida de los pacientes sino también en mejorar su entorno.

      Índice

    2. 1.2. Objeto del concurso

      El objeto del concurso es la ejecución del proyecto que resulte vencedor en el proceso de selección.
      Los proyectos presentados estarán dirigidos a la eliminación de barreras arquitectónicas y la mejora en la accesibilidad de los espacios públicos urbanizados, ambas vistas como las herramientas idóneas para lograr itinerarios que garanticen a personas con movilidad reducida el derecho de desplazarse libremente y de la forma más autónoma posible por la vías y los espacios públicos de sus ciudades.

      El proyecto está dirigido a todos los ayuntamientos españoles que cumplan con los requisitos establecidos en el apartado 2 de este documento.

      Índice

  2. ¿Quién puede participar?

    Podrán participar en el presente concurso todos los ayuntamientos de los municipios españoles cuya población esté comprendida entre los 20.000 y 500.000 habitantes. Dicha información será verificada mediante datos obtenidos de la página web oficial del Instituto Nacional de Estadística (INE).

    Índice

  3. Propuestas

    1. 3.1. Forma de presentación de las propuestas

      Las propuestas se presentarán en un sobre cerrado con el contenido que se indica a continuación:

      1. - 1 juego de planos impresos en formato DIN A1, correspondientes al listado descrito en el apartado 4.1. Índice de planos de las Bases Técnicas.
      2. - 1 CD con toda la información escrita en formato pdf, la documentación planimétrica (planos) en formato dwg y la información gráfica (fotos, renders, dibujos, fotomontajes, etc) en formato jpg.

      Toda la documentación contenida en el CD deberá estar organizada en carpetas según se indica a continuación:

      1. · Carpeta 1: Propuesta

        Contendrá los archivos correspondientes al punto B. Bases Técnicas:

        1. apartado 2. Memoria Descriptiva (formato pdf)
        2. apartado 3. Memoria de Calidades (formato pdf)
        3. apartado 4. Proyecto para la mejora de la accesibilidad (formato dwg)
        4. apartado 5. Síntesis de la propuesta (formato pdf)

      2. · Carpeta 2: Respaldo ciudadano

        Contendrá la documentación descrita en el punto A. Bases Administrativas, apartado 6.1. Respaldo ciudadano para la realización del proyecto.

      3. · Carpeta 3: Antecedentes en accesibilidad

        Contendrá la documentación descrita en el punto A. Bases Administrativas, apartado 6.2. Antecedentes en materia de accesibilidad por iniciativa municipal.

        El sobre estará identificado en su exterior con el título del proyecto “CORTA CON LAS BARRERAS”, se indicará el nombre del ayuntamiento participante y estará firmado por el proponente o la persona que lo represente, que deberá tener facultades y apoderamiento suficientes para someter el proyecto a concurso. Dentro del sobre deberá presentarse en hoja independiente un sumario en el que conste toda la información entregada.
        Las propuestas deberán ser presentadas en castellano.

    2. 3.2. Envío de las propuestas

      Las propuestas deberán ser presentadas antes de las 14 horas del día 30 de marzo de 2012 en las oficinas de SAATCHI & SAATCHI HEALTH situadas en Gran Vía, 16-20,5ª planta, 08902, Hospitalet de Llobregat, BARCELONA (Apartado de Correos 859) o enviadas por correo a la misma dirección. En éste caso el participante deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar la remisión de la propuesta mediante fax al nº 932 387 810 o correo electrónico en el mismo día.

      El envío del anuncio por correo electrónico se realizará a la dirección: info@cortaconlasbarreras.com y sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción del mismo, de su fecha y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identificarán fidedignamente el remitente y el destinatario.

      Sin la concurrencia de alguno de los dos requisitos no será admitida la proposición si es recibida con posterioridad a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado. Transcurridos, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha, sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.

    Índice

  4. Proceso de selección

    El proceso de selección de la propuesta ganadora se desarrollará en tres etapas:

    1. Etapa 1. Revisión de la documentación.
      Según criterios objetivos de valoración:
      Las propuestas recibidas dentro de los plazos establecidos en el apartado 3 de este documento pasarán a la primera etapa del proceso de selección en la que será revisada la correcta entrega de la documentación descrita en el documento que recoge las Bases del Concurso. Tras esta primera revisión, y en caso que existan propuestas con documentación incompleta, el/los participante(s) serán notificados y dispondrán de una semana (7 días naturales) para enviar la información requerida.

      El proceso de revisión incluye la verificación de los proyectos con relación al cumplimiento de las normativas de accesibilidad vigentes que incidan sobre el municipio. El incumplimiento normativo supondrá la exclusión de la propuesta del proceso de selección.

      Una vez verificada la documentación requerida y comprobado el cumplimiento normativo de las propuestas, estas serán clasificadas según la puntuación obtenida respecto a los criterios de valoración definidos en el apartado 6 de este documento para preseleccionar las 20 propuestas que obtengan la mayor puntuación.
      Finalizada la primera etapa, se enviarán informes sobre la evaluación de las propuestas y el resultado de la selección a todos los participantes.

    2. Etapa 2. Tribunal de expertos
      Según criterios subjetivos de valoración:
      Las 20 propuestas preseleccionadas en la Etapa 1 pasarán a ser evaluadas por un tribunal de expertos, responsable de la elección de los 10 mejores proyectos.

      El tribunal de expertos estudiará toda la documentación relativa a los apartados 2, 3, 4 y 5 de las Bases Técnicas para valorar la calidad de las propuestas.
      Formarán parte del tribunal de expertos:

      1. - Un representante de la Federación Española para la Lucha contra la Esclerosis Múltiple (FELEM)
      2. - Un representante de la Sociedad Española de Neurología (SEN)
      3. - Un representante de la Secretaria de Estado de Vivienda y Actuaciones Urbanas (Ministerio de Fomento)
      4. - Dos profesionales de comprobada experiencia en materia de accesibilidad (D. Fernando Alonso López y D. Enrique Rovira-Beleta)
      5. - Un representante de la empresa Fomento de Construcciones y Contratas (FCC)
      6. - Un representante de la empresa de mobiliario urbano Santa & Cole
      7. - La Arquitecta Dña. Benedetta Tagliabue
      8. - Un representante del laboratorio Novartis Farmacéutica, S.A.

      En el caso que alguno de los asistentes del panel de expertos no pudiese asistir a la reunión de valoración de las propuestas, se buscaría un perfil similar en sustitución al vacante.

      Finalizada la segunda etapa, se enviarán informes sobre la evaluación de las propuestas y el resultado de la selección a los 20 participantes.

    3. Etapa 3. Votación popular.
      Las 10 propuestas seleccionadas por el tribunal de expertos serán publicadas para consulta y votación popular en la página web del proyecto. Las fechas de la votación se darán a conocer en la página web del proyecto.
      La información detallada sobre el proceso de votación popular estará disponible en la página web del proyecto: www.cortaconlasbarreras.com a partir del momento de publicación de las 10 propuestas finalistas.
      Al finalizar el proceso de votación popular y una vez contabilizados los votos obtenidos por cada una de las 10 propuestas finalistas, se anunciará el resultado del concurso:

      1. 1. En la página web del proyecto.
      2. 2. Mediante comunicación escrita enviada a los 10 participantes finalistas.

      En el caso de que se detecte cualquier anomalía o sospecha de que un votante está impidiendo el normal desarrollo de la votación, alterando ilegalmente su registro o su participación mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para así falsear el resultado, podrá de forma unilateral eliminar el voto/s de ese votante. A este respecto es importante añadir que se han habilitado los necesarios soportes tecnológicos para detectar cualquier posible actuación fraudulenta, anómala o dolosa que pretenda alterar la votación. Por tanto, se reserva el derecho de eliminar del registro a cualquier votante que evidencie o del que se sospeche una actuación irregular en el sentido descrito, sin notificación alguna al mismo.

    4. Índice

  5. Presupuesto de realización del proyecto

    El costo total para la ejecución del proyecto será de 100.000,00 € (cien mil euros).
    El proyecto deberá estar acotado a un máximo de 100 metros lineales (incluidas ambas aceras que componen un tramo de calle o plataforma única) o 1.500 m2 (en el caso de plazas o parques).

    Los proyectos presentados que superen las cuantías indicadas anteriormente (100.000,00€ y 100 ml o 1.500 m2), quedarán automáticamente descalificados.

    Los presupuestos estimados de obra deberán detallar montos, suministro y colocación de materiales propuestos y la mano de obra necesaria para la ejecución de la obra.

    Los presupuestos estimados de obra no incluirán suministro de mobiliario urbano, pero sí su colocación. Como parte de la realización del proyecto, la elección de mobiliario urbano se ajustará a la gama de elementos propuesta a continuación:

    Gama elementos mobiliario urbano

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  6. Criterios de valoración

    A continuación se describen los criterios objetivos de valoración aplicados en la Etapa 1 del proceso de selección (y su respectiva puntuación), que servirán de base para la selección de las 20 propuestas que pasarán a la Etapa 2.

    1. 6.1. Respaldo ciudadano para la realización del proyecto Hasta 30 puntos.

      1. 6.1.1. Asociaciones de personas con esclerosis múltiple
        10 puntos.
        Recibirán la máxima puntuación (10 puntos) aquellas propuestas que puedan demostrar que cuentan con la aprobación y el respaldo de una asociación de personas con esclerosis múltiple.

      2. 6.1.2. Asociaciones de personas con discapacidad.
        5 puntos.
        Recibirán la máxima puntuación (5 puntos) aquellas propuestas que puedan demostrar que cuentan con la aprobación y el respaldo de una asociación municipal de personas con discapacidad.

      3. 6.1.3. Asociaciones de adultos mayores.
        5 puntos.
        Recibirán la máxima puntuación (5 puntos) aquellas propuestas que puedan demostrar que cuentan con la aprobación y el respaldo de una asociación municipal de adultos mayores.

      4. 6.1.4. Asociaciones vecinales.
        5 puntos.
        Recibirán la máxima puntuación (5 puntos) aquellas propuestas que puedan demostrar que cuentan con la aprobación y el respaldo de una asociación vecinal del ayuntamiento al que pertenece el proyecto.

      5. 6.1.5 Participación ciudadana.
        5 puntos.
        Recibirán la máxima puntuación (5 puntos) aquellas propuestas que hayan incluido la realización de un proceso de participación ciudadana como parte del desarrollo de la propuesta presentada.
        La verificación de los apartados 6.1.1 al 6.1.4 se hará mediante la presentación de informes, certificaciones o documentación similar, sellada y firmada, en la que conste el respaldo brindado por la asociación a la propuesta presentada y los datos del representante de la asociación.

      La verificación de los puntos 6.1.1 al 6.1.4 se hará mediante la presentación de informes, certificaciones o documentación similar, sellada y firmada, en la que consten los datos del representante de la asociación, y en la que se haga constar el respaldo brindado por la asociación a la propuesta presentada.

      La verificación del apartado 6.1.5 se hará mediante la presentación de un acta o informe que certifique la realización del proceso de participación ciudadana llevado a cabo durante el desarrollo de la propuesta.

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    2. 6.2. Antecedentes en materia de accesibilidad por iniciativa municipal. Hasta 30 puntos.

      1. 6.2.1. Planes Municipales de Accesibilidad.
        4,5 puntos.
        Recibirán la máxima puntuación (4,5 puntos) aquellos ayuntamientos que puedan certificar que disponen de un Plan Integral de Accesibilidad (PIA) o Plan Municipal Integral de Accesibilidad (PMIA).

      2. 6.2.2. Proyectos realizados para mejorar las condiciones de accesibilidad en los edificios públicos municipales.
        7 puntos.
        Recibirán la máxima puntuación (7 puntos) aquellos ayuntamientos que puedan certificar haber realizado con anterioridad obras o proyectos de mejora de la accesibilidad en edificios municipales de uso público.

      3. 6.2.3. Proyectos realizados para mejorar las condiciones de accesibilidad en la red de transporte público municipal.
        7 puntos.
        Recibirán la máxima puntuación (7 puntos) aquellos ayuntamientos que puedan certificar haber realizado con anterioridad obras o proyectos de mejora de la accesibilidad en la red de transporte público municipal. Serán considerados tanto los proyectos de mejora integral como las mejoras parciales en vehículos adaptados, estaciones, paradas, marquesinas de espera, etc.

      4. 6.2.4. Proyectos realizados para mejorar las condiciones de accesibilidad en los espacios públicos urbanizados.
        7 puntos.
        Recibirán la máxima puntuación (7 puntos) aquellos ayuntamientos que puedan certificar haber realizado con anterioridad obras o proyectos de mejora de la accesibilidad en los espacios públicos urbanizados (calles, plazas y parques).

      5. 6.2.5. Campañas municipales para la sensibilización y divulgación de la accesibilidad.
        4,5 puntos.
        Recibirán la máxima puntuación (4,5 puntos) aquellos ayuntamientos que puedan certificar haber realizado con anterioridad campañas de sensibilización y divulgación en materia de accesibilidad e inclusión.

      El ayuntamiento deberá presentar documentación (publicaciones en el boletín oficial, informes oficiales, etc.) que certifique el cumplimiento de los criterios antes mencionados (planes integrales de accesibilidad, proyectos y obras, campañas de sensibilización y divulgación). Dicha documentación podrá acompañarse de información complementaria como fotografías, planos, etc.

      Índice

    3. 6.3. Promoción de una red de itinerarios peatonales accesibles. Hasta 30 puntos.

      1. 6.3.1. Itinerarios que conecten centros de interés del municipio.
        15 puntos.
        Recibirán la máxima puntuación (15 puntos) aquellas propuestas que conformen una red de itinerarios peatonales accesibles entre puntos de interés del municipio, como por ejemplo escuelas, guarderías, centros de salud, centros de día, bibliotecas y demás equipamientos y servicios municipales.

      2. 6.3.2. Itinerarios que completen actuaciones anteriores en materia de accesibilidad.
        10 puntos.
        Recibirán la máxima puntuación (15 puntos) aquellas propuestas cuya realización sea complementaria a actuaciones de mejora de la accesibilidad llevadas a cabo por el ayuntamiento con anterioridad. La realización del proyecto propuesto deberá completar o consolidar un itinerario peatonal accesible existente.

      3. 6.3.3. Mejoras complementarias.
        5 puntos.
        Recibirán la máxima puntuación (5 puntos) aquellos proyectos que presenten mejoras complementarias en los itinerarios peatonales accesibles respecto a la señalización y comunicación sensorial, a la dotación de mobiliario urbano y a las TICs.

      Índice

    4. 6.4. Adecuación de la propuesta. Hasta 30 puntos.

      1. 6.4.1. Memoria de calidades 15 puntos Las propuestas deberán presentar una memoria de calidades y presupuesto, según lo indicado en el punto B. Bases Técnicas. Recibirán la máxima puntuación (15 puntos) aquellas propuestas que presenten de forma más precisa y detallada ambos contenidos.

      2. 6.4.2. Planificación para la ejecución de la obra.
        15 puntos.
        Recibirán la máxima puntuación (10 puntos) aquellas propuestas que presenten, como información complementaria a la solicitada en el punto B. Bases Técnicas, la planificación para la ejecución de las obras.

        Dicha planificación deberá contar con un cronograma estimado de realización de cada una de las labores relacionadas con la ejecución de las obras.

        Tabla resumen de los criterios de valoración y su puntuación

        Tabla resumen de los criterios de valoración y su puntuación

      3. 6.5. Criterios de desempate.

        Será considerada la presentación de antecedentes en materia de innovación y sostenibilidad. Aunque no sean de obligado cumplimiento para la presentación de propuestas, podrán ser incorporados como anexo a la documentación referente a los antecedentes en materia de accesibilidad (B. Bases Técnicas, apartado 2.2) o como valor añadido al proyecto. En caso de empate, la presencia de dicha información será decisiva

        A continuación se enuncian algunos de los criterios que permitirán valorar las propuestas presentadas bajo los conceptos de innovación y sostenibilidad¹:

        1. - Existencia de mapas sónicos que permitan conocer los decibelios máximos en los itinerarios próximos a viviendas, escuelas, guarderías, espacios de juego, centros de día, bibliotecas, etc., por los que se paseen adultos mayores, personas con discapacidad, niños y niñas con sus padres.
        2. - Existencia de una política de control de ruido en el municipio.
        3. - Existencia de estudios sobre calidad del agua, sobre la contaminación ambiental y/o estudios similares en el municipio.
        4. - Existencia de estudios o mapas de situación que indiquen los puntos peligrosos en cuanto a tráfico, vigilancia policial, etc. de los itinerarios entre lugares de juego y viviendas, escuelas, guarderías, centros de actividad comercial, plazas y parques, etc.
        5. - Existencia de medidas puestas en marcha para establecer una política de mejora de la vigilancia en los espacios públicos (lugares de juego, plazas y parques).
        6. - Existencia de mapas o estudios de los itinerarios más significativos entre viviendas, escuelas, guarderías, centros de salud, mercados, centros de día, bibliotecas, etc., tanto si es a pie, como en transporte público.
        7. - Existencia de “planes de acercamiento al barrio o ciudad” por parte de escuelas, guarderías, centros de día, asociaciones de personas con discapacidad, etc., mediante actividades públicas abiertas a la participación de todos los ciudadanos y ciudadanas con el fin de compartir espacios y promover así la interacción social.
        8. - Existencia de rutas peatonales que vinculen los espacios públicos de encuentro para las distintas generaciones (adultos mayores, adultos, jóvenes y niños) en las que sean compatibles las actividades de cada generación.
        9. - Existencia de planes para aumentar la accesibilidad a las zonas verdes.
        10. - Existencia de planes o proyectos que incorporen el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TICs) en los itinerarios peatonales accesibles.
        11. - Existencia de planes o proyectos que promuevan el turismo y el patrimonio histórico y natural accesible.

        ¹Criterios apoyados en los “Indicadores Municipales de Aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño”: Indicadores de Sostenibilidad Ambiental. Ciudades Amigas de la Infancia, UNICEF, 2010.

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  7. Deliberación y fallo del Jurado

    1. 7.1 Adjudicación provisional 10 puntos.
      Recibirán la máxima puntuación (10 puntos) aquellas propuestas que puedan demostrar que cuentan con la aprobación y el respaldo de una asociación de personas con esclerosis múltiple.

      1. 7.1.1. Una vez seleccionada por votación popular la proposición que obtiene la mayor puntuación se formulará la propuesta de adjudicación a favor de la misma. Una vez acordada la adjudicación provisional se notificará a todos los participantes. Si los interesados lo solicitan, en el plazo de cinco días hábiles a partir de la recepción de la petición, se les facilitará información de los resultados obtenidos por los diez finalistas en el proceso de votación popular.

      2. 7.1.2. En el plazo máximo de quince días hábiles contados a partir del siguiente a la notificación de la adjudicación provisional, el Ayuntamiento en cuestión deberá presentar los documentos que le reclame el contratante (FCC).

    2. 7.2 Adjudicación Definitiva.

      1. 7.2.1. La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran quince días hábiles contados desde el siguiente a la notificación.
        Transcurrido el mencionado plazo, dentro de los diez días hábiles siguientes, se publicará la adjudicación definitiva, siempre que el Ayuntamiento haya presentado la documentación señalada.

      2. 7.2.2. La adjudicación definitiva se notificará a los participantes finalistas y se publicará en la página web del proyecto: www.cortaconlasbarreras.com.

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  8. Formalización del contrato

    1. 8.1. La formalización del contrato se efectuará dentro de los diez días hábiles a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación definitiva. El contrato se formalizará entre el adjudicatario definitivo y la compañía Fomento de Construcciones y Contratas, que ejecutará la Obra, en los términos previstos en las presentes Bases.

    2. 8.2. Cuando no proceda la adjudicación definitiva del contrato al participante que hubiese resultado adjudicatario provisional por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria el contratante podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al participante o participantes siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas en la votación popular, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario h aya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de diez días hábiles para cumplimentar lo señalado en los apartados anteriores.

    3. 8.3. El documento de formalización deberá contener las condiciones para su modificación.

    4. 8.4. No podrá iniciarse la ejecución del contrato sin su previa formalización.

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  9. Obligaciones del ganador

    1. 9.1. Será obligación principal del ganador la elaboración del proyecto básico y del proyecto ejecutivo, así como la obtención de las firmas y licencias y/o permisos necesarios para la ejecución de la obra, con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en estas Bases y a las instrucciones que en su caso expusiera el responsable del contrato en cumplimiento de sus atribuciones.

    2. 9.2. Salvo pacto en contrario, todos los gastos que se deriven de las citadas obligaciones serán por cuenta del adjudicatario.
      Además de las inherentes a la ejecución del contrato el adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos derivados de toda clase de tributos que resulten aplicables según la legislación vigente.

    3. 9.3. Como obligaciones específicas el adjudicatario habrá de cumplir las siguientes:

      1. - El adjudicatario deberá contar con el personal necesario para la correcta elaboración de los servicios demandados en las Bases Técnicas, debiendo suscribir compromiso directo de que ese personal, será el que esté a cargo de la gestión y elaboración de estos servicios.
      2. - El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas contenidas en las Bases Administrativas y condiciones que se establecen en las Bases Técnicas, formando parte del contrato y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diere al adjudicatario el contratante.

    4. 9.4. El contrato se entenderá cumplido por el adjudicatario cuando se hayan finalizado las obras de ejecución del proyecto.

    5. 9.5. EI adjudicatario deberá respetar el carácter confidencial de aquella información a la que tenga acceso con ocasión de la ejecución del contrato a la que se Ie hubiese dado el referido carácter en las Bases o en el contrato, o que por su propia naturaleza deba ser tratada como tal.

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  10. Entrega y ejecución del proyecto

    1. 10.1. El adjudicatario dispondrá de 1 mes a contar desde la fecha de la firma del contrato para el total desarrollo de los proyectos básico y ejecutivo de la propuesta ganadora, así como de la tramitación de las licencias pertinentes para dar inicio a la ejecución de la obra.

    2. 10.2. La empresa contratante dispondrá de 2 meses para la total ejecución de las obras a contar desde la fecha de entrega del proyecto ejecutivo por parte del adjudicatario.

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  11. Modificaciones del contrato y penalidades

    1. 11.1 Modificaciones. Cuando como consecuencia de las modificaciones del contrato de servicio se produzcan aumento, reducción o supresión de las unidades que integran el servicio o sustitución de unos bienes por otros, siempre que los mismos estén comprendidos en el contrato, estas modificaciones serán obligatorias para el adjudicatario, sin que tenga derecho alguno en caso de supresión o reducción de unidades o clases de bienes a reclamar indemnización por dichas causas.

    2. 11.2. Penalidades. El contrato se entenderá cumplido por el adjudicatario cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción del contratante, la totalidad de su objeto. El adjudicatario está obligado a cumplir el plazo de ejecución señalado en los documentos contractuales. Si llegado el término de cualquiera de los plazos previstos o del final, el adjudicatario hubiera incurrido en mora por causas imputables al mismo, el contratante, sin necesidad de advertencia previa, podrá optar por la resolución del contrato.

    Índice

B. Bases Técnicas

  1. Objeto de la propuesta

    Los proyectos presentados deberán proponer la creación o mejora de un itinerario peatonal accesible, según la definición dispuesta en la Orden Ministerial VIV/561/2010:
    “Son itinerarios peatonales accesibles aquellos que garantizan el uso no discriminatorio y la circulación de forma autónoma y continua de todas las personas².”

    "Los itinerarios propuestos, cumpliendo con los parámetros descritos en dicha Orden Ministerial, deberán estar ubicados en espacios públicos urbanizados, lo que incluye las áreas de estancia como parques, plazas o jardines, sectores de juegos y playas urbanas.

    Quedan excluidas de los proyectos propuestos la colocación de ascensores, escaleras mecánicas y tapices rodantes, además de la construcción de aseos accesibles en los espacios públicos urbanizados.
    Las propuestas presentadas serán desarrolladas a nivel de anteproyecto y constarán de la documentación descrita en los apartados 2, 3, 4 y 5 que se desarrollan a continuación.

    ²Orden Ministerial VIV561/2010; Capítulo III; Artículo 5. Condiciones generales del itinerario peatonal accesible; Extracto del párrafo 1.

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  2. Memoria descriptiva

    1. 2.1. Información sobre el municipio. Corresponde a la información relativa al municipio que permita valorar sus condiciones geográficas, demográficas, culturales y turísticas más relevantes. Por tanto, deberá presentarse información vinculada a:

      1. Datos sociodemográficos:
        1. Número de habitantes.
        2. Población por edades (número de niños y niñas, adultos mayores).
        3. Población con discapacidad.
      2. Datos geográficos:
        1. Extensión (km2).
        2. Distancia a la capital (km).
        3. Existencia de transporte público (urbano, periurbano o interurbano, escolar, autobús, taxi, tren, etc.).
        4. Clima.
        5. Topografía.
      3. Acontecimientos culturales (fiestas tradicionales).
      4. Datos turísticos:
        1. Número de visitantes nacionales y extranjeros al año.
        2. Lugares de interés.

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    2. 2.2. Marco normativo. Además de cumplir con las normativas Estatal y Autonómica, en caso de que el ayuntamiento disponga de una ordenanza en materia de accesibilidad, esta deberá mencionarse en la memoria descriptiva, adjuntando además el contenido de todo el documento en formato digital.

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    3. 2.3. Descripción del proyecto. Las soluciones de actuación adoptadas deberán dar respuesta a las necesidades de la población en materia de accesibilidad. Por tanto, será necesario hacer referencia al alcance, viabilidad, sostenibilidad e innovación de la propuesta; y a las áreas de influencia más próximas que se verán beneficiadas por el proyecto de actuación.

      En este apartado también se valorarán las necesidades, factores sociales, técnicos y económicos que razonen y justifiquen el proyecto. Las propuestas podrán estar acompañadas de una descripción del ámbito de actuación mediante reportaje fotográfico y/o informe - diagnóstico del estado en el que se encuentra el ámbito de actuación seleccionado, que permita conocer sus condiciones de accesibilidad y existencia de barreras arquitectónicas, así como sus causas y las soluciones adoptadas.

      Los proyectos presentados deberán proponer la creación o mejora de un itinerario peatonal accesible según lo descrito en el apartado 6.3 de las Bases Administrativas.

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  3. Memoria de calidades

    La memoria de calidades deberá contar con una descripción pormenorizada de calidades del proyecto y aportará la siguiente información:

    1. Cuadro de Superficies: Toda propuesta deberá incluir un cuadro de superficies construidas. Es importante que las superficies recogidas en la memoria coincidan con las descritas en los correspondientes planos de cotas y superficies.
    2. Presupuesto: Toda propuesta deberá incluir un presupuesto estimado de ejecución de la obra. La revisión de los presupuestos permitirá comprobar que el proyecto no excede el monto previsto para su ejecución.
    3. Plan de etapas: Toda propuesta deberá disponer, en función de la jerarquía de prioridades establecida, un plan de etapas para llevar a cabo la ejecución de obras.

    Se valorará, en caso de empate, la aplicación de criterios que impliquen:

    1. Mejoras funcionales de las infraestructuras e instalaciones y, en su caso, un uso eficiente de los recursos naturales.
    2. Mantenimiento más sencillo y soluciones más duraderas.
    3. Mayor durabilidad de lo construido e instalado.
    4. Menor coste de mantenimiento.
    5. Utilización de material reciclado, valorizado y/o que tengan un menor impacto ambiental.

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  4. Proyecto para la mejora de la accesibilidad

    En este apartado se definirá la información técnica a ser presentada en las propuestas de itinerarios peatonales accesibles. Estos deberán mostrar de forma clara y precisa las soluciones adoptadas en relación a diseño y ubicación de los siguientes elementos de urbanización (ver Orden Ministerial VIV/561/2010):

    1. Vados peatonales.
    2. Vados vehiculares.
    3. Pavimentos.
    4. Rejillas, alcorques y tapas de instalación.
    5. Rampas.
    6. Escaleras.
    7. Vegetación.

    A continuación se extrae de la Orden Ministerial VIV/561/2010 (Capítulo V – Artículo 10) las condiciones generales que deberán cumplir los elementos de urbanización antes mencionados:

    1. “Se consideran elementos comunes de urbanización las piezas, partes y objetos reconocibles individualmente que componen el espacio público urbanizado de uso peatonal, tales como pavimentación, saneamiento, alcantarillado, distribución de energía eléctrica, gas, redes de telecomunicaciones, abastecimiento y distribución de aguas, alumbrado público, jardinería, y todas aquellas que materialicen las previsiones de los instrumentos de ordenación urbanística. Los elementos de urbanización vinculados al cruce entre itinerarios peatonales e itinerarios vehiculares se desarrollan en el capítulo VI.
    2. El diseño, colocación y mantenimiento de los elementos de urbanización que deban ubicarse en áreas de uso peatonal garantizarán la seguridad, la accesibilidad, la autonomía y la no discriminación de todas las personas. No presentarán cejas, ondulaciones, huecos, salientes, ni ángulos vivos que puedan provocar el tropiezo de las personas, ni superficies que puedan producir deslumbramientos.
    3. Los elementos de urbanización nunca invadirán el ámbito libre de paso de un itinerario peatonal accesible.”

    En relación a los planos que expliquen el desarrollo de la propuesta, estos deberán presentarse en un máximo de ocho (8) láminas formato DIN A1 plegadas en tamaño DIN A4. Se entregarán sin encuadernar para facilitar su manipulación. Se numerarán según el criterio de cada participante, de forma que haga perfectamente identificable su contenido, tanto para su localización como para su ordenación.

    1. 4.1. Índice de planos:
      1. Plano de situación.
      2. Plantas y secciones de estado actual del sector en que se plantea la intervención (Escala a elegir entre 1/500 – 1/200)
      3. Plantas y secciones de la propuesta desarrolladas a nivel de anteproyecto (Escala a elegir entre 1/200 – 1/100)
      4. Plantas y secciones acotadas (Escala a elegir entre 1/200 – 1/100)
      5. Visualización tridimensional (renders, dibujos, fotomontajes, maquetas) de la propuesta que faciliten su comprensión.

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  5. Síntesis de las propuestas

    En caso de ser uno de los 10 finalistas, se va a elaborar una ficha resumen del proyecto para que los usuarios de la web puedan verlos y compararlos antes de votar. Por ello, se solicita a todos los ayuntamientos participantes, una serie de datos:

    1. Título del proyecto.
    2. Nombre del municipio.
    3. Número de habitantes.
    4. Resumen del proyecto con un máximo de 15 palabras.
    5. Explicación del proyecto con un mínimo de 200 y un máximo de 300 palabras.
    6. Mínimo 2 y máximo 5 fotografías a una resolución mínima de 150 dpi de un tamaño mínimo de 800X600 px del espacio urbano a mejorar.
    7. Mínimo 2 y máximo 5 renders y/o planos técnicos del proyecto que se presenta.

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